Preguntas frecuentes

Todo lo que debe saber antes de solicitar su préstamo

Reunimos las 9 preguntas más comunes sobre nuestro préstamo con garantía vehicular. Si tiene otra duda, escríbanos por WhatsApp.

Le prestamos hasta el 60% del valor comercial de su vehículo, previa evaluación del mismo en nuestras oficinas.

Solo es necesario el DNI y la tarjeta de propiedad del vehículo que dejará en garantía. Si es casado, DNI del cónyuge y firmarán ambos. Si el vehículo está a nombre de una persona jurídica, necesitará además la copia literal de la empresa y la vigencia de poder. El trámite lo puede realizar solo el titular.

No. Es indispensable que el vehículo esté libre de gravámenes para poder recibirlo como garantía del préstamo.

Se firmará un contrato de mutuo en donde se especifican las condiciones, monto otorgado, interés, características de la unidad en garantía, entre otras cosas que aseguran una transacción transparente, clara y segura para ambas partes. Una vez firmado, se firma en notaría la garantía mobiliaria, la cual será elevada a Registros Públicos hasta la cancelación del préstamo.

No. El vehículo sigue siendo de su propiedad y esta garantía se levanta inmediatamente a la cancelación del capital otorgado.

Sí. Se le debitará del monto aprobado la cantidad exacta para cancelar nosotros directamente esas deudas pendientes, y se procederá a depositarle la diferencia.

Sí. La única condición para poder realizar la venta es estar al día en sus pagos mensuales con nosotros. Las visitas de los interesados en su vehículo podrán hacerlas, previa coordinación, en nuestra ubicación. Podemos también hacernos cargo de la venta de su vehículo, para lo cual se firmará un contrato — por este servicio cobramos una comisión del 5% sobre el valor final de venta.

La duración del préstamo la define usted mismo, la única condición es estar al día en sus pagos mensuales. La vigencia del préstamo caduca al momento de hacer el pago del capital prestado, y se procede inmediatamente a levantar la garantía mobiliaria en Registros Públicos.

Sí. Cobramos el 3% del capital otorgado por concepto de gastos administrativos, gastos legales y gastos en Registros Públicos.

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